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Justicia: Las claves del fallo que reabre la causa judicial
19/12/2024 | 220 visitas
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La medida de la Cámara Federal anula la prescripción de los sobreseimientos y todos los involucrados volverán a ser investigados, entre ellos, el periodista Horacio Verbitsky; Mario Firmenich debería declarar ante la jueza Servini, que había cerrado el caso

La Sala I de la Cámara Federal del Justicia anuló la prescripción del delito por el atentado al Comedor de Coordinación Federal de la Policía Federal ocurrido el 2 de julio de 1976 que provocó 24 muertes y dispuso que se reabra investigación que tenía a cargo la jueza María Servini. Además, el tribunal ordenó que Mario Firmenich, al que identifican como el líder de la agrupación Montoneros, impulsora del ataque, sea citado a indagatoria. De esta manera, debería prestar declaración ante Servini.

El fallo también anula los sobreseimientos de otros dirigentes de la agrupación que habían sido investigados por el hecho. Además de Firmenich, se trata de Horacio Verbitsky, Laura Silvia Sofovich, Miguel Ángel Lauletta, Lila Victoria Pastoriza, Norma Walsh y Carlos Aznares. Se dispone “revocar la extinción de la acción penal por prescripción oportunamente dispuesta y los consecuentes sobreseimientos dictados en este sentido”. Así lo resolvieron los jueces de la Sala I Mariano Llorens, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi. De esta manera, Servini deberá reabrir el expediente. Los querellantes son la Asociación Defensores de Derechos Humanos de Latinoamérica, Eduardo Emilio Kalinec y Alicia de León.

La Sala le ordena a la jueza la continuidad de la investigación y reunir todas las medidas de prueba que, pese al tiempo transcurrido, permitan dilucidar lo que aconteció el 2 de julio de 1976 y establecer quiénes fueron sus responsables, ya sea que tuvieran intervención directa en el hecho o indirecta dentro de la estructura de mando de la propia organización que ideó, planeó y autorizó el accionar ilícito. Asimismo, convóquese inmediatamente a prestar declaración testimonial a quienes resulten víctimas en este proceso.

“El suceso criminal ocurrido el día 2 de julio de 1976 no debería quedar signado en la historia judicial argentina como un hecho más de impunidad, en el que el paso del tiempo cerró el proceso y confinó en el olvido y en una misma y triste condición a las víctimas, sus derechos y los valores esenciales de justicia de una sociedad democrática. La gravedad del hecho está marcada por su trágico resultado de muertes y lesiones gravísimas (y graves), además de los daños, que lo convierten dentro de los mayores de la historia de la República. No hubo ni siquiera indiferencia en el resultado”, concluyó la Sala I, que de esta manera califica al hecho como un delito de lesa humanidad e imprescriptible.

Además, señaló que el Estado argentino tiene la obligación de dar respuesta sus víctimas. “El suceso nunca fue siquiera mínimamente investigado por el Estado”, se advirtió. Lo que resolvieron hoy los jueces de la Sala I se enmarca solo en los hechos ocurridos a las 13:20 del 2 de julio de 1976, cuando una bomba detonó en el comedor de la Superintendencia de Seguridad Federal, ubicada en la calle Moreno 1431 de la Capital Federal.

LA NACION

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